APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE COLONIZACION. EJERCICIO 2018




Promulgación: 19/03/2018
Publicación: 12/04/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 23

   El Ente podrá disponer de hasta 600 U.R. anuales por concepto de quebranto de caja cuya aplicación afectará a aquellos/las funcionarios/as que manejen dinero o valores asimilados por su naturaleza y convertibilidad a efectivo en forma directa y permanente y proporcional al tiempo en que ejerzan las funciones. Su valor se ajustará automáticamente al momento de la ejecución.-
   Se liquidará semestralmente al 30 de junio y al 31 de diciembre de cada año. La División Contaduría deberá llevar una cuenta personal de cada funcionario afectado al régimen de quebrantos.
   Al efectuarse las liquidaciones, y a efectos de constituir un fondo personal para quebrantos, el Ente depositará en el Banco República Oriental del Uruguay en una cuenta a su nombre en valores reajustables, el 25% del total que corresponda siendo percibido por el funcionario en efectivo el 75% restante.
   El fondo para quebrantos quedará constituido con el total depositado en la cuenta bancaria durante cuatro liquidaciones consecutivas, a partir de entonces el funcionario percibirá en efectivo el 100% de las liquidaciones.
   En cada liquidación semestral se deducirán de la primas para quebrantos la cuota parte correspondiente a los días en que por inasistencias no se haya ejercido la función, con excepción de los correspondientes a la licencia anual reglamentaria más diez días de inasistencia por causa justificada.
   Para Casa Central se fija la siguiente distribución anual:
*  Tesorero 35 UR anuales. 
*  Transportador 33,50 UR. 
*  Cajero 38,50 UR.
*  Suplencias y Fondo de quebrantos 19 UR. 
   Para las Regionales del interior que manejan fondos se distribuirán con igual criterio de acuerdo a las funciones definidos anteriormente o equivalentes (cajero recaudador y/o cajero pagador), las 474 UR restantes.
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