{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "67" 
  ,"anioNorma" : 2010 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION AL REGLAMENTO GENERAL DE DISCIPLINA DE LOS FUNCIONARIOS POLICIALES" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2010/03/11/10" 
    ,"fechaPromulgacion" : "22/02/2010" 
  ,"fechaPublicacion" : "11/03/2010" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 2010 
  ,"pagina" : 383 
  } 
  ,"referenciasNorma" : " <b><font color=\"#FF0000\">Derogada/o por:</font></b> Decreto Nº 93/010 de 10/03/2010 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/93-2010/1\" >1</a>.\r\n " 
  ,"vistos" : " VISTO: Los artículos 14, 15,16, 136, 137 y 138 de la Ley N° 18.362 de 6 de\r\noctubre de 2008, relativos a los escalafones CO \"Conducción\" y PC\r\n\"Profesional y Científico\" en el Ministerio del Interior.\r\n\r\nRESULTANDO: I) Que el artículo 137 creó en el Inciso 04 Ministerio del\r\nInterior Unidad Ejecutora 001 Secretaría del Ministerio del Interior, las\r\nDivisiones Política Institucional y Planificación Estratégica; Gerencia\r\nFinanciera; Servicios Tecnológicos; Jurídico Notarial; Infraestructura;\r\nLogística; Servicios Administrativos; Gestión y Desarrollo Humano y\r\nContralor de Servicios de Seguridad, estableciendo su dependencia\r\nfuncional del Director General de Secretaria, con excepción de la División\r\nPolítica Institucional y Planificación Estratégica, la cual dependerá\r\ndirectamente del Ministro.\r\n\r\nII) Que el artículo 138 creó los cargos correspondientes a la Gerencia de\r\ncada una de las Areas referidas anteriormente, en el Escalafón CO\r\n\"Conducción\" Subescalafón CO3 \"Alta Conducción\" Grado 17, en el Ministerio\r\ndel Interior, habiéndose realizado los respectivos concursos y provisto\r\nalgunos de los cargos.\r\n\r\nIII) Que el artículo 136 en su inciso segundo establece que a todos los\r\nefectos funcionales el Escalafón CO \"Conducción \" tendrá las potestades\r\ndisciplinarias para el ejercicio de su cargo y comete al Poder Ejecutivo,\r\ncon el asesoramiento de la Oficina Nacional del Servicio Civil y de la\r\nOficina de Planeamiento y Presupuesto, reglamentar esa disposición.\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) Que el desempeño en un cargo de Alta Conducción lleva\r\nimplícito el poder disciplinario respecto al personal que tiene bajo su\r\ncargo, así como el ejercicio de todas las atribuciones relativas a la\r\nconducción del servicio.\r\n\r\nII) Que no obstante, en virtud del especial ámbito de desarrollo de las\r\ntareas, en el Ministerio del Interior, donde la mayor parte de los\r\nfuncionarios pertenecen al Escalafón \"L\" Policial, ha ameritado la\r\nprevisión de potestades disciplinarias en consonancia con el régimen\r\ndisciplinario a que está sometido el personal a su cargo.\r\n\r\nIII) Que el Gerente de Area es el máximo jerarca del Escalafón Civil,\r\nencontrándose en ese aspecto en una situación análoga a la de quien ocupa\r\nel máximo grado del Escalafón Policial.\r\n\r\nIV) Que conforme con ello resulta adecuado atribuir potestades\r\ndisciplinarias a los Gerentes de Area, en términos similares a la que\r\nostentan los Inspectores Generales de la Policía Nacional para el personal\r\npolicial a su cargo y con respecto al personal civil las previstas en el\r\nestatuto del funcionario de la Administración Central.\r\n\r\nV) Que por otra parte el personal del Escalafón CO \"Conducción\" y del\r\nEscalafón PC \"Profesional y Científico\" del Ministerio del Interior debe\r\nregirse, en el plano disciplinario, por el mismo estatuto que regula la\r\nsituación de los funcionarios de la Administración Central.\r\n\r\nATENTO: A lo informado por la Oficina Nacional del Servicio Civil y la\r\nOficina de Planeamiento y Presupuesto.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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 ,"textoArticulo" : "   (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Decreto Nº 67/010 de 22/02/2010 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/67-2010/1\" >1</a>.\r\n" 
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 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/67-2010/2" 
 ,"textoArticulo" : "  (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Decreto Nº 67/010 de 22/02/2010 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/67-2010/2\" >2</a>.\r\n" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/67-2010/3" 
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  ,"notasArticulo" : "<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Decreto Nº 67/010 de 22/02/2010 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/67-2010/3\" >3</a>.\r\n" 
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 , { "nroArticulo" : "4" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/67-2010/4" 
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  ,"notasArticulo" : "<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Decreto Nº 67/010 de 22/02/2010 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/67-2010/4\" >4</a>.\r\n" 
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  ,"firmantes" : " RODOLFO NIN NOVOA - JORGE BRUNI\r\n " 
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