FIJACION DE SALARIO MINIMO NACIONAL. ENERO 2007. TRABAJADORES DOMESTICOS




Promulgación: 21/02/2007
Publicación: 28/02/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 278
Referencias a toda la norma
VISTO: El Decreto Nº 16/007 de 15 de enero de 2007 que fija el salario mínimo de los trabajadores del servicio doméstico y establece aumentos de salarios.

CONSIDERANDO: I) Que el referido decreto dispone un aumento del 8% para los salarios mensuales inferiores a $ 5.000 (pesos uruguayos cinco mil) o su equivalente diario por hora, al 31 de diciembre de 2006 y del 5% para los salarios superiores a la suma referida, a la misma fecha.

II) Que en virtud de ello, no se ha definido el ajuste para aquellos dependientes que tenían, al 31 de diciembre de 2006, un salario de $ 5.000 (pesos uruguayos cinco mil).

ATENTO: A lo establecido por el artículo 1º (literal "e") del Decreto Ley 14.791, de 8 de junio de 1978. 

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Establécese para aquellos trabajadores del servicio doméstico que perciban un salario base mensual igual a $ 5.000 (pesos uruguayos cinco mil) o su equivalente diario o por hora, al 31 de diciembre de 2006, un aumento del 8% a partir del 1º de enero de 2007.

Artículo 2

   Comuníquese, publíquese, etc.

TABARE VAZQUEZ - EDUARDO BONOMI - DANILO ASTORI
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