REGLAMENTACION DE LA NORMATIVA RELATIVA A LA LIQUIDACION DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO




Promulgación: 19/11/1979
Publicación: 22/11/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 1536

CAPITULO III - EXONERACIONES
2) CONSTRUCCIONES

Artículo 29

  Obra de Palmar. Acuérdase el tratamiento de exportadores, a efectos de
la liquidación de este impuesto, al contratista y subcontratistas que con
la autorización de COMPAL subroguen a éste, por las obras y suministros
para la construcción y puesta en funcionamiento de las obras del
aprovechamiento hidroeléctrico del Río Negro en Paso Palmar, que tengan
aplicación directa a dichas obras.

  Se entenderá por aplicación directa a las obras los suministros de
bienes y servicios a la estructura de la obra, campamento y obrador y a la
construcción y tendido de las subestaciones y líneas de trasmisión. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 30.
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