VITIVINICULTURA. ORUJOS Y BORRAS




Promulgación: 28/09/1967
Publicación: 03/10/1967

Resumen:

Autorízase al Ministerio de Ganadería y Agricultura para que, por
intermedio del Servicio de Contralor, proceda a retirar las borras intervenidas y las entregue directamente a las plantas destiladoras para
su industrialización.

Artículo 4


		
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