MULTAS POR INFRACCIONES A DISPOSICIONES SANTARIAS DE LOS ANIMALES. ACTUALIZACION DE VALORES




Promulgación: 04/11/1987
Publicación: 07/12/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1987
  •    Página: 639

Artículo 3

  El incumplimiento del tratamiento mencionado en el artículo 1º del
decreto ley 15.225, de 10 de diciembre de 1981, hará pasible al infractor
de una sanción pecuniaria de N$ 173,30 (son nuevos pesos ciento setenta y
tres con 30/100), por ovino existente en el establecimiento.
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