MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE. UNIDADES EJECUTORAS. RETRIBUCIONES. MODIFICACION DE TABLAS Y CUADROS INCLUIDOS EN EL ANEXO I DE LA LEY N° 18.172




Promulgación: 18/12/2008
Publicación: 05/01/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 3066
VISTO: Lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Nº 165/008, de 11 de
marzo de 2008.

RESULTANDO: Que por el mismo se estableció que la retribución que perciben
los funcionarios que ocupan cargos presupuestados o funciones contratadas
pertenecientes a las Unidades Ejecutoras 001 "Dirección General de
Secretaría" y 002 "Dirección Nacional de Deporte", con cargo a la partida
establecida en los artículos 308, 336 y 726 de la Ley No. 16.736, de 5 de
enero de 1996, categorizada como "Compensación al Cargo", quedara
establecida en los montos de la tabla allí contenida.

CONSIDERANDO: I) Que el Ministerio de Turismo y Deporte solicita la
reasignación al Objeto del Gasto 042.400 "Compensación al Cargo", del
monto existente en el Objeto del Gasto 099.099 "Partida Global Simpli",
distribuir dicho monto en el ejercicio 2008 y su incorporación definitiva
al padrón a partir del ejercicio 2009.

II) Que se obtuvo la conformidad de la Contaduría General de la Nación.

III) Que a tales efectos se modificará la tabla correspondiente al grado y
régimen horario semanal de 30 y 40 horas de la Unidad Ejecutora 001 del
Ministerio de Turismo y Deporte, contenida en el referido artículo 2º.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Contaduría
General de la Nación y a lo dispuesto en el numeral 4º del artículo 168 de
la Constitución de la República.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Modifícase la tabla contenida en el artículo 2 del Decreto Nº 165/008, de
11 de marzo de 2008, correspondiente a la retribución que perciben los
funcionarios que ocupan cargos presupuestados o funciones contratadas
pertenecientes a las Unidades Ejecutoras 001 "Dirección General de
Secretaría", con cargo a la partida establecida en los artículos 308, 336
y 726 de la Ley No. 16.736, de 5 de enero de 1996, categorizada como
"Compensación al Cargo", por la siguiente:

           Regimen horario semanal
   GRADO    30 horas     40 horas
             UE 001       UE 001
     16     1.950,00     1.827,44
     15     1.983,17     1.871,55
     14     2.012,68     1.910,81
     13     2.038,74     1.945,47
     12     2.061,43     1.975,65
     11     2.081,25     2.002,00
     10     2.100,59     2.027,73
     9      2.117,36     2.050,04
     8      2.131,80     2.069,23
     7      2.144,29     2.085,84
     6      2.162,74     2.110,39
     5      2.176,81     2.129,09
     4      2.185,62     2.140,81
     3      2.192,55     2.150,03
     2      2.207,49     2.169,91
     1      2.214,10     2.178,69

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