FIJACION DE ASIGNACION FAMILIAR. ENERO 1993




Promulgación: 30/12/1992
Publicación: 13/01/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
    Visto: lo dispuesto por el inciso final del artículo 2º del
Decreto-Ley Nº 15.084 de noviembre de 1980.

    Resultando: Que de conformidad con lo establecido en la mencionada
norma, el Poder Ejecutivo está facultado para fijar los montos unitarios
de Asignaciones Familiares que sirve el Banco de Previsión Social.

    Considerando: Que corresponde adecuar los referidos montos ya que se
ha incrementado a partir del 1º de enero de 1993 el Salario Mínimo
Nacional, fijado por Decreto Nº de fecha de enero de 1993,

    Atento: a lo expuesto precedentemente;

    El Presidente de la República


                             DECRETA:

Artículo 1

   Fíjase en N$ 24.640 (nuevos pesos veinticuatro mil seiscientos
cuarenta), la Asignación Familiar que por hijo y por mes corresponde
servir al Banco de Previsión Social, desde el 1º de enero de 1993
cualquiera sea el número de hijos o menores a cargo ya se trate de
prenatales, preescolares, estudiantes que cursen estudios primarios,
secundarios, preparatorios o aprendizaje de oficios. 

Artículo 2

  Comuníquese, publíquese en dos diarios de la Capital.     

LACALLE HERRERA - ENRIQUE ALVARO CARBONE - IGNACIO DE POSADAS MONTERO
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