CONVENIOS LABORALES. ACTIVIDAD PRIVADA. EMPLEADOS PRIVADOS. CONSEJOS DE SALARIOS. GRUPOS DE ACTIVIDAD. GRUPO N° 1 COMERCIO




Promulgación: 17/10/1988
Publicación: 01/03/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 4

   Durante el período comprendido desde la entrada en vigencia del presente decreto y el 30 de setiembre de 1988 ningún otro aumento de salarios podrá ser trasladado a los precios de venta de mercadería, 
bienes o servicios de las empresas de la actividad privada.
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