CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO N° 13 INDUSTRIA METALURGICA DIQUES VARADEROS Y ASTILLEROS




Promulgación: 19/11/1985
Publicación: 30/12/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 3

   Para las empresas radicadas en el interior de la República en un radio mayor de 150 Kms. de Montevideo los salarios mínimos a regir son los establecidos en el artículo 1° con una reducción del 10%.
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