MEDIO AMBIENTE - ECOLOGIA




Promulgación: 04/12/1991
Publicación: 21/02/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1991
  •    Página: 781
  Visto: la gestión formulada por la Dirección General de Recursos
Naturales Renovables del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, a
los fines que se expresarán.

 Resultando: I) Por decreto 693/987, de 18 de noviembre de 1987, se
crearon Comisiones Asesoras Honorarias en materia de Fauna Silvestre en
cada Departamento de la República, a excepción de Montevideo;

II) El artículo 267 de la ley 16.1 70, de 28 de diciembre de 1990,
transfirió competencias a la Dirección General de Recursos Naturales
Renovables en lo que dice relación a la tuición del Patrimonio Forestal
del Estado.

 Considerando: I) Las consideraciones que llevaron a la creación de las -
Comisiones Asesoras Honorarias en materia de Fauna Silvestre son también
aplicables al recurso natural Flora Silvestre;

II) Resulta conveniente centralizar en un solo organismo, la labor de
asesoramiento técnico y apoyo a las autoridades públicas competentes en la
inspección y control de estas materias.

 Atento: a lo precedentemente expuesto,

                     El Presidente de la República

                                DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 693/987 de 18/11/1987 
artículo 1.

Artículo 2

(*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 693/987 de 18/11/1987 
artículo 3.

Artículo 3

   Comuníquese, etc.

AGUIRRE RAMIREZ - ALVARO RAMOS - JUAN ANDRES RAMIREZ
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