EXONERACION DEL IVA A LOS SERVICIOS RELACIONADOS CON EL HOSPEDAJE PRESTADO A RESIDENTES EN EL TERRITORIO NACIONAL. 1º DE MARZO DE 2022 - 17 DE ABRIL DE 2022
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: el artículo 2° de la Ley N° 19.923, de 11 de diciembre de 2020;
RESULTANDO: que la mencionada norma faculta al Poder Ejecutivo a dar análogo tratamiento al otorgado a la exportación de servicios, a los efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), a los servicios relacionados con el hospedaje prestados a residentes en territorio nacional;
CONSIDERANDO: I) el estado de emergencia nacional sanitaria como consecuencia de la pandemia originada por el virus COVID-19;
II) que la referida pandemia ha provocado una situación coyuntural del sector hotelero, que dificulta el normal funcionamiento del mismo, por lo que se considera conveniente tomar medidas a los efectos de mejorar su competitividad durante lo que resta de la temporada estival;
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 168 de la Constitución de la República;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Extiéndese a residentes en territorio nacional el régimen de exportación de servicios dispuesto por el numeral 14) del artículo 34 del Decreto N° 220/998, de 12 de agosto de 1998, para los servicios relacionados con el hospedaje a que refiere dicha norma, prestados desde el 1° de marzo de 2022 hasta el 17 de abril de 2022 inclusive.