INCORPORACION POR REDISTRIBUCION, DE FUNCIONARIOS AL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PROVENIENTES DEL FRIGORIFICO NACIONAL




Promulgación: 23/01/1975
Publicación: 30/01/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 9

   El Departamento de Personal del Frigorífico Nacional notificará a los funcionarios comprendidos en este decreto, dentro de las 48 horas de recibida la respectiva comunicación, debiendo expedir certificación de dicho acto, la cual será presentada por los funcionarios en los organismos en los cuales se incorporan.
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