INCORPORACION POR REDISTRIBUCION, DE FUNCIONARIOS AL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PROVENIENTES DEL FRIGORIFICO NACIONAL




Promulgación: 23/01/1975
Publicación: 30/01/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 7

   La Contaduría General de la Nación habilitará los créditos que sean necesarios para el pago de sueldos correspondientes en los organismos a los cuales se incorporan los funcionarios del Frigorífico Nacional por el presente decreto.
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