FUNCIONARIOS BANCARIOS. RETRIBUCIONES




Promulgación: 18/01/1973
Publicación: 29/01/1973
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Auméntanse los sueldos básicos y compensaciones (salario vacacional, asignación familiar, prima por antigüedad, por Hogar Constituido, por Matrimonio, por Nacimiento) de los funcionarios del Banco Central del Uruguay (BCU), Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU), Banco Hipotecario del Uruguay (BHU), Banco de Seguros del Estado (BSE) y Caja Nacional de Ahorro Postal, a partir de Enero de 1973.

Artículo 1



		
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