APROBACION DE LA REGLAMENTACION DEL TITULO IV DEL CODIGO AERONAUTICO, CAPITULO III REGISTRO NACIONAL DE AERONAVES




Promulgación: 13/11/1979
Publicación: 13/12/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 1269
Reglamentario/a de: Código Aeronáutico de 29/11/1974 artículos 38, 39, 40, 
41 y 42.
Referencias a toda la norma

TITULO I
CAPITULO UNICO - NORMAS GENERALES

Artículo 1-5

Artículo 5º. (Fichas reales). El Registro llevará fichas reales, sin
perjuicio de lo que se establece en el artículo 6º. Las fichas reales se
fundarán en las marcas de nacionalidad y matrícula de la aeronave
clasificándose por orden alfabético en base al grupo de matriculación. El
contenido de las fichas será determinado por la Dirección General de
Aviación Civil a propuesta del Registro.

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