Modifícanse disposiciones sobre liquidación y pago de impuestos a las Entradas Brutas y a las Ventas de Contado para distribuidores y
repartidores de cigarrillos y tabacos, leche y productos derivados, productos porcinos, querosene, alcoholes y bebidas ANCAP, azúcar y las carnicerías. Derógase el Decreto Nº 70/970 de 3 de febrero de 1970.