Modifícanse disposiciones reglamentarias que regulan las licencias de los funcionarios públicos, en especial la licencia anual remunerada, día por antigüedad, licencias por enfermedad, por maternidad, por paternidad, por donación de sangre, por duelo, por matrimonio, para estudiantes, por trámite jubilatorio, y licencias especiales las cuales no podrán exceder de seis meses.
Modificada y/o Anotada (referencias acotadas): Decreto Nº 368/974 de
09/05/1974.