Prorrógase la exoneración de derechos aduaneros y adicionales, etc., para
la importación de azúcar crudo, yerba mate, café en grano, arpillera,
máquinas para obras viales y medicamentos y materias primas destinadas a
la elaboración de las mismas.
Modificada y/o Anotada (referencias acotadas):
Decreto Nº 245/973 de 05/04/1973,
Decreto Nº 670/972 de 11/10/1972.