REGLAMENTACION DEL ART. 171 DE LA LEY 20.075, RELATIVO A LA INCORPORACION AL ORDENAMIENTO JURIDICO, DE UN NUEVO SISTEMA PARA EMISION DE GUIAS DE PROPIEDAD Y TRANSITO DE GANADO




Promulgación: 27/02/2025
Publicación: 12/03/2025
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 20.075 de 20/10/2022 artículo 171.

CAPÍTULO TERCERO: Presupuestos, requisitos, procedimientos y efectos de la emisión y transmisión de Guías Digitales.

Artículo 8

   Las Guías Digitales contendrán la siguiente información, la que tendrá carácter de declaración jurada: i) fecha de emisión del documento; ii) número de registro único de DICOSE del Emisor y del Receptor; iii) número de Registro Único Tributario del emisor o documento de identidad, según corresponda; iv) Tipo de operación; v) cantidad y categoría de los animales; vi) en caso de corresponder a la especie, número de identificación en el Registro Animal de cada animal por sistema de trazabilidad; vii) en caso de corresponder a la especie, dibujo de la marca y señal del ganado; viii) indicación de si el evento implica un cambio de propiedad del ganado; ix) indicación de si el evento implica un cambio de Sitio del ganado y los números de DICOSE de los Sitios involucrados; x) firma electrónica avanzada del emisor de la Guía Digital o cualquier otro medio que permita verificar la autenticidad e integridad del acto de acuerdo a lo que defina la Autoridad Competente.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 9 y 10.
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