ACTUALIZACION DE MONTOS DE MULTAS DE INFRACCIONES TRIBUTARIAS. CONTRAVENCION E INSTIGACION PUBLICA A NO PAGAR TRIBUTOS. 1985




Promulgación: 06/02/1985
Publicación: 17/06/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1985
  •    Página: 615
Referencias a toda la norma
Visto: lo dispuesto por el artículo 99 del Código Tributario.

 Resultando: que corresponde actualizar los montos establecidos en los
artículos 53, 95 y 98 del citado Código.

 Considerando: I) Que por decreto 126/984, de 29 marzo 1984 fueron
establecidas las sanciones vigentes para el año 1984;

 II) Que la actualización de los montos fijados por el citado decreto, se
realiza según la variación sufrida en el índice del costo de vida.

 Atento: a lo informado por la Dirección General Impositiva, las
Asesorías Economico-Financiera y Jurídica del Ministerio de Economía
y Finanzas,

 El Presidente de la República

                             DECRETA:

Artículo 1

  Las situaciones previstas en los artículos 95 y 98 del Código Tributario
serán sancionadas con multas de N$ 30.00 (nuevos pesos treinta) a N$
3.000.00 (nuevos pesos tres mil).

Artículo 2

  Establécese en N$ 3.000.00 (nuevos pesos tres mil) el monto de la
cuantía a que se refiere el artículo 53 del referido Código.

Artículo 3

  Comuníquese, etc.-

ALVAREZ - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS
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