ACTUALIZACION DE MONTOS DE LOS LIMITES DE RESPONSABILIDAD PREVISTA POR EL CODIGO AERONAUTICO. ENERO 1982




Promulgación: 22/12/1981
Publicación: 15/02/1982
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1981
  •    Página: 1942
  Visto: el artículo 181 del Código Aeronáutico (ley 14.305, del 29 de
noviembre de 1974).

  Resultando: I) Que el incremento del índice general de precios del
consumo operado asciende al 32,739%, desde que fueron apreciadas las
circunstancias económicas determinantes de la actualización de los límites
de responsabilidad aeronáutica determinados por decreto 659/980, del 16 de
diciembre de 1980;

  II) Que también se ha operado un incremento en moneda nacional de los
montos máximos de responsabilidad establecidos en los acuerdos
internacionales de los que la República es parte, fijados en una moneda
ideal de cuenta equivalente a 1/12 de dólar norteamericano,
aproximadamente.

  Considerando: I) Que conforme a las normas legales citadas corresponde
incrementar en un 18% los montos de los límites de responsabilidad, en una
cuantía acorde a las pautas de nuestra política aeronáutica, contemplando
asimismo las variaciones operadas en éstos en moneda nacional;

  II) Lo preceptuado por el artículo 181 del Código Aeronáutico.

  Atento: a lo informado por el Comando General de la Fuerza Aérea con el
asesoramiento de la Comisión Nacional de Política Aeronáutica,

                El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

    Actualícense a partir del 1º de enero de 1982 los montos de los
límites de responsabilidad fijados en el Título XIII del Código
Aeronáutico (ley 14.305, del 29 de noviembre de 1974) incrementándose los
vigentes en un dieciocho por ciento (18%).

ALVAREZ - JUSTO M. ALONSO
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