CONTRIBUCIONES ESPECIALES DE SEGURIDAD SOCIAL




Promulgación: 27/11/1991
Publicación: 18/02/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 5

    El subsidio equivalente al 75% de la remuneración estará sujeto a
montepío y el tiempo de duración del mismo será considerado como período
trabajado a los efectos jubilatorios. 
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