CONTRIBUCIONES ESPECIALES DE SEGURIDAD SOCIAL




Promulgación: 27/11/1991
Publicación: 18/02/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 13

    Cuando el funcionario renunciante tenga sumario pendiente, la
aceptación de su renuncia deberá quedar suspendida a las resultancias del
mismo, conforme al artículo 34, literal c) de la ley 16.127 de 7 de agosto
de 1990.
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