Los beneficiarios de exoneraciones parciales de tarifas de peaje en
virtud de disposiciones vigentes, deberán actualizar el valor de las
libretas de boletos adquiridos con anterioridad al 3 de noviembre de 1987,
dentro de los diez días hábiles siguientes a la vigencia de las tarifas
dispuestas por este decreto. Vencido el plazo, los puestos de recaudación
no recibirán los boletos que no hayan sido actualizados.