CIENCIA Y TECNOLOGIA. PROMOCION INDUSTRIAL




Promulgación: 05/10/1988
Publicación: 09/01/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1988
  •    Página: 557
Reglamentario/a de: Ley Nº 15.903 de 10/11/1987 artículo 444.

Artículo 5

   La resolución deberá indicar, entre otros:

1) Titular del proyecto.
2) Beneficiario de la franquicia.
3) Período del proyecto.
4) Monto máximo de gastos.
5) Enumeración de los gastos por rubro.
6) Año base e índice de actualización.

   La determinación del o de los beneficiarios podrá realizarse por
resolución posterior. En los casos debidamente fundados se podrá
ampliar la resolución.
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