CIENCIA Y TECNOLOGIA. PROMOCION INDUSTRIAL




Promulgación: 05/10/1988
Publicación: 09/01/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1988
  •    Página: 557
Reglamentario/a de: Ley Nº 15.903 de 10/11/1987 artículo 444.

Artículo 3

   Los proyectos deberán contemplar los siguientes aspectos para
posibilitar su evaluación, seguimiento y control;

1) Objetivos.
2) Criterios de éxito en el cumplimiento de los objetivos.
3) Verificación de los criterios de éxito.
4) Factores internos y externos que puedan influir en el éxito del
   proyecto.
5) Período del proyecto.
6) Presupuesto con enumeración de gastos por rubro y por año.
7) Instituciones financiadoras.
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