CIENCIA Y TECNOLOGIA. PROMOCION INDUSTRIAL




Promulgación: 05/10/1988
Publicación: 09/01/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1988
  •    Página: 557
Reglamentario/a de: Ley Nº 15.903 de 10/11/1987 artículo 444.

Artículo 2

   Las empresas que quieran acceder al beneficio acordado por la norma
mencionada en el artículo anterior, deberán solicitarlo ante la Unidad
Asesora de Promoción Industrial del Ministerio de Industria y Energía
acompañando los estudios técnicos, económicos y financieros que los
justifíquen así como todos los datos necesarios para su evaluación.
Ayuda