{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "625" 
  ,"anioNorma" : 2008 
  ,"nombreNorma" : "DEROGACION REGIMEN DE CONTRALOR DE APORTES PREVISIONALES. TAREAS INSPECTIVAS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2008/12/30/23" 
    ,"fechaPromulgacion" : "15/12/2008" 
  ,"fechaPublicacion" : "30/12/2008" 
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  ,"vistos" : " VISTO: Lo dispuesto por el Decreto Nro. 104/996 de fecha 22 de Marzo de\r\n1996 y Decreto complementario Nro. 151/996 de fecha 18 de abril de 1996\r\nque establecen las pautas a las que deberán ajustarse las actuaciones\r\ninspectivas vinculadas con tributos recaudados por el Banco de Previsión\r\nSocial.\r\n\r\nRESULTANDO: Que el Directorio del Banco de Previsión Social dispuso por\r\nResolución Nro. 41-12/2007 de fecha 21 de Noviembre de 2007 propiciar la\r\nderogación de los Decretos 104/996 y 151/996.\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) Que los mencionados Decretos han limitado la acción\r\nfiscalizadora del BPS, en tanto disponen que las actuaciones inspectivas\r\ndeberán dirigirse a la determinación de las obligaciones devengadas en los\r\ndoce meses anteriores a la notificación del acta de inicio de la\r\nactuación, pudiéndose extender por resolución fundada del jerarca dictada\r\ndentro del plazo de 120 días contados desde la fecha de notificación del\r\nacta de inicio a la inspección, solamente cuando de las inspecciones se\r\nconstaten omisiones que resulten de la falta de presentación de una o más\r\ndeclaraciones, o la falta de pagos, o de diferencia de pagos en más de 5%.\r\n\r\nII) Que los mencionados Decretos han perjudicado la percepción de tributos\r\nrecaudados por el Banco de Previsión Social, de las Empresas que se ha\r\nprobado han evadido sus obligaciones, anulándose determinaciones de\r\ntributos que no han prescripto conforme a los términos establecidos por el\r\nArt. 38 del Código Tributario.\r\n\r\nATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por los artículos\r\nNº 168 y 181 de la Constitución de la República.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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 ,"textoArticulo" : "  DEROGANSE los Decretos 104/996 de fecha 22 de Marzo de 1996 y 151/996 de\r\nfecha 18 de Abril de 1996.\r\n " 
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 ,"textoArticulo" : "  COMUNIQUESE, publíquese, etc.\r\n " 
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  ,"firmantes" : " TABARE VAZQUEZ - EDUARDO BONOMI\r\n " 
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