{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "625" 
  ,"anioNorma" : 1967 
  ,"nombreNorma" : "MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS. CUENTAS BANCARIAS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1967/09/22/3" 
    ,"fechaPromulgacion" : "19/09/1967" 
  ,"fechaPublicacion" : "22/09/1967" 
  , "vistos" : " Dispónese que las cuentas que el Ministerio de Obras Públicas abra en el \r\nBanco de la República (BROU) con destino a situar fondos para ejecución de\r\nobras por convenios con Intendencias Municipales estarán eximidas de la \r\ncomunicación a la Contaduría General de la Nación.\r\n\r\n\r\n " 
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  ,"firmantes" : "  " 
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