ACTUALIZACION DE MONTOS DE MULTAS DE INFRACCIONES TRIBUTARIAS. CONTRAVENCION E INSTIGACION PUBLICA A NO PAGAR TRIBUTOS. 1993




Promulgación: 16/12/1992
Publicación: 05/01/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
    Visto; lo dispuesto por el artículo 99 del Código Tributario;
    Resultando: que corresponde actualizar los montos establecidos en los
artículos 95 y 98 del citado Código;
    Considerando:I) que por el decreto Nº 719/991 de 27 de diciembre de
1991 fueron establecidas las sanciones aplicables para el año 1992.
                II)que la actualización de los montos fijados se realiza
según la variación sufrida en el índice de los costos de vida, estimándose
conveniente redondear referidos montos a los efectos de facilitar su
liquidacion;
              Atento:a lo expuesto.
          El Presidente de la República.
                    DECRETA

Artículo 1

  Las situaciones previstas en los artículos 95 y 98 del Código Tributario
serán sancionadas con una multa de N$ 4.000 (nuevos pesos cuatro mil) a N$
335.000 (nuevos pesos trescientos treinta y cinco mil).(*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.
Referencias al artículo

Artículo 2

  Lo dispuesto en el artículo anterior regirá para el año 1993. 
Referencias al artículo

Artículo 3

 Comuníquese , publíquese en dos diarios de circulacion nacional etc. 

LACALLE HERRERA - IGNACIO DE POSADAS MONTERO
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