CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 35 INDUSTRIA DEL PAPEL Y CARTON. SUBGRUPO CARTON




Promulgación: 13/11/1985
Publicación: 27/11/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 3

  Establécese que las categorías que no figuran en las tablas correspondientes como asimismo todos los trabajadores que no recibieran
incremento salarial por percibir remuneraciones superiores a los salarios
mínimos acordados, percibirán un aumento general del 18% sobre los salarios vigentes al 30 de setiembre de 1985 y del 4% a partir del 1° de diciembre de 1985 sobre los salarios vigentes al 30 de noviembre.
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