APROBACION DE PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS EXTRAPRESUPUESTALES. EJERCICIO 1991. MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL




Promulgación: 25/11/1991
Publicación: 12/03/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: la aprobación de los Preventivos Anuales de Ingresos y Egresos
de Fondos Públicos Extrapresupuestales correspondiente al ejercicio 1991,
de las Unidades Ejecutoras del Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional",
por decretos Nros. 204/991 y 203/991 de 11 de abril de 1991.

   Resultando: que ha sido elevada a la Contaduría General de la Nación
por la Contaduría Central del Inciso mencionado, solicitud para un nuevo
pronunciamiento del Poder Ejecutivo respecto a las modificaciones
introducidas por dichas Unidades Ejecutoras en sus preventivos,
correspondientes a los fondos depositados en las cuentas que se detallan
en el anexo que integra este Decreto.

    Considerando: que las Unidades Ejecutoras gestionantes han ajustado
sus preventivos a las normas específicas que les rigen y han cumplido con
las demás disposiciones que regulan la materia.

    Atento: a los dispuesto por los artículos 45 y 48 del decreto ley
14.416 de 28 de agosto de 1975, con la redacción dada, respectivamente,
por los artículos 45 y 48 del decreto ley 14.416 de 28 de agosto de 1975,
con la redacción dada, respectivamente, por los artículos 45 y 46 de la
ley 15.903 de 10 de noviembre de 1987, y a lo informado por la Contaduría
General de la Nación.

    El Presidente de la República,

                                DECRETA:

Artículo 1

   Apruébanse las modificaciones introducidas en los Preventivos Anuales
de Ingresos y Egresos de Fondos Públicos Extrapresupuestales
correspondientes al ejercicio 1991, presentados por Unidades Ejecutoras
del Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional", por un monto total de N$
5:114.965.332.00 (nuevos pesos cinco mil ciento catorce millones
novecientos sesenta y cinco mil trescientos treinta y dos), de acuerdo a
detalle consignado en anexo adjunto, que es parte integrante del
presente Decreto.


(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 620/991 de 
25/11/1991.

Artículo 2

    Comuníquese al Tribunal de Cuentas de la República y a la Contaduría
General de la Nación; publíquese, etc.- 

LACALLE HERRERA - ENRIQUE BRAGA SILVA - MARIANO R. BRITO
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