DETERMINACION DE COMPETENCIAS Y ATRIBUCIONES DEL MINISTERIO DE JUSTICIA




Promulgación: 01/02/1977
Publicación: 08/02/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1977
  •    Página: 187
Referencias a toda la norma

Artículo 5

  Dispónese que los Programas y Subprogramas de Funcionamiento del Inciso
11, Ministerio de Educación y Cultura que se enumeran a continuación, así
como sus respectivas Unidades Ejecutoras, servicios, bienes y
funcionarios, pasen a depender del Ministerio de Justicia:

Programa 1.02:      Asesoramiento Letrado a la Administración Pública.

U. Ejecutora:       Fiscalías de Gobierno de Primer y Segundo Turno.

Programa 1.03:      Inscripción y Certificaciones de Actos y Contratos y
                    Servicios Notariales.

U. Ejecutora:       Dirección General de Registros y Escribanía de
                    Gobierno y Hacienda.

Programa 1.06:      Ejercicio del Ministerio Público, del Ministerio
                    Fiscal, de la Abogacía del Estado y Actuación de la
                    Jurisdicción Contencioso Administrativa.

U. Ejecutora:       Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la Nación,
                    Fiscalías Nacionales de Hacienda, Civil y del Crimen;
                    Fiscalías Letradas Departamentales y Procuraduría del
                    Estado en lo Contencioso Administrativo.

Subprograma 1.01.07 Coordinación Central de los Servicios Vinculados al
                    Sector Justicia, a las Actividades Registrales y
                    Servicios Notariales.

U. Ejecutora:       Dirección de Justicia.

(*)Notas:
Fe de erratas publicada/s: 23/02/1977.
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