DERECHOS DE AUTOR




Promulgación: 26/01/1972
Publicación: 02/02/1972

Resumen:

Dispónese que todos los autores nacionales y/o extranjeros que traduzcan, adapten, reproduzcan, etc. y/o se inspiren en obras del dominio público, deberán antes de su publicación, representación, difusión y/o ejecución, someter los textos a consideración del Consejo de Derechos de Autor.
Modificada y/o Anotada (referencias acotadas): Decreto Nº 240/972 de 
04/04/1972 artículo 1.


		
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