La Dirección Nacional de Bomberos se hará cargo de la vestimenta, el
equipo de protección personal y los equipos de comunicaciones a utilizar
por los contratados. El contratante tendrá a su cargo los gastos de
alimentación, alojamiento y traslado de los contratados, así como el
combustible que se consuma en los vehículos si fueran proporcionados por
la Dirección Nacional de Bomberos, y los gastos de reparación o reposición
por desperfectos que se produzcan en los materiales y equipos empleados,
como consecuencia directa del servicio prestado.