{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "617" 
  ,"anioNorma" : 1985 
  ,"nombreNorma" : "DISTRIBUCION DE PARTIDAS PRESUPUESTALES. EJERCICIO 1984" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1985/11/28/1" 
    ,"fechaPromulgacion" : "13/11/1985" 
  ,"fechaPublicacion" : "28/11/1985" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1985 
  ,"pagina" : 1046 
  } 
  ,"vistos" : "     Visto: la necesidad de distribuir la suma de N$ 600:000.00 (nuevos\r\npesos seiscientos millones) que dispone el artículo 11 de la ley 15.767 de\r\n13 de setiembre de 1985, como asimismo del crédito proveniente del\r\nendeudamiento externo para atender las obras del Programa Nacional de\r\nInterconexión vial y Plan Nacional de Obras Municipales.\r\n\r\n    Resultando: I) Que la referida norma legal establece que con el\r\nasesoramiento de la Oficina de Planteamiento y Presupuesto se efectuará la\r\ndistribución aludida dando cuenta a la Asamblea General;\r\n\r\nII) Que a fin de realizar las obras ya mencionadas se contrataron el\r\npréstamo Nº 2238/UR que financia el Programa Nacional de Interconexión\r\nVial (Tercer Proyecto de Carreteras) -BIRF- y los préstamos BID Nros.\r\n471/OC-UR, 472/OC-UR y 750/SF-UR para las obras del Plan Nacional de\r\nObras Municipales.\r\n\r\n    Considerando: I) Que por el decreto-ley 15.644 de 17 de octubre de\r\n1984 se autorizaban los préstamos ante el Banco Interamericano de\r\nDesarrollo Nros. 471/OC-UR, 472/OC-UR y 750/SF-UR por las sumas de U$S\r\n13:000.000 (trece millones de dólares de los Estados Unidos de América),\r\nU$S 12:000.000 (doce millones de dólares de los Estados Unidos de América)\r\ny U$S 15:000.000 (quince millones de dólares de los Estados Unidos de\r\nAmérica) respectivamente.\r\n\r\nII) Que por el decreto-ley 15.445 de 5 de agosto de 1983 se autoriza el\r\npréstamo Nº 2238/UR ante el Banco Mundial por la suma de U$S 45:000.000\r\n(cuarenta y cinco millones de dólares de los Estados Unidos de América);\r\n\r\nIII) Que el artículo 11 de la ley 15.767 fijó en hasta N$ 600:000.000\r\n(nuevos pesos seiscientos millones) la asistencia financiera con cargo\r\na Rentas Generales y al FIMTOP.\r\n\r\n    Atento: a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto,\r\nMinisterio de Transporte y Obras Públicas, Contaduría General de la Nación\r\ny División Técnico Financiera del Ministerio de Economía y Finanzas.\r\n\r\n                       El Presidente de la República\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/617-1985/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Distribúyase totalmente la partida de N$ 600:000.000 (nuevos pesos\r\nseiscientos millones) prevista en el artículo 11 de la ley 15.767 de 13\r\nde setiembre de 1985, que aprueba la Rendición de Cuentas 1984, según el\r\nsiguiente detalle:\r\n\r\n\r\n                                    Rentas     FIMTOP  TOTAL\r\n                                    Generales  (miles  (miles\r\n                                    (miles N$)  N$)     N$)\r\n\r\nPrograma Nacional de Interconexión\r\nVial                                           350.000 350.000\r\nPlan Municipal de Obras Municipales  80.000             80.000\r\nGrupo de Trabajo Permanente\r\nTacuarembó-Rivera: Intendencia\r\nMunicipal de Rivera                  53.647             53.647\r\nIntendencia Municipal de Tacuarembó\r\n                                     52.353             52.353\r\nComisión de Obras de Defensa del\r\nBajo Río Negro: Intendencia Municipal\r\nde Soriano                           64.000             64.000\r\nTOTAL                               250.000    350.000 600.000\r\n (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/617-1985/3\" >3</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/617-1985/2" 
 ,"textoArticulo" : "     Dispónese de hasta U$S 6:700.000 (seis millones setecientos mil\r\ndólares de los Estados Unidos de América) equivalente a N$ 670:000.000\r\n(nuevos pesos seiscientos setenta millones) al tipo de cambio de N$ 100\r\n(nuevos pesos cien) por dólar para el ejercicio 1985 de los contratos de\r\npréstamo aprobados por los decretos-leyes 15.445 de 5 de agosto de 1983\r\ny 15.644 de 17 de octubre de 1984, para las obras del Programa Nacional\r\nde Interconexión Vial y del Plan Nacional de Obras Municipales de acuerdo\r\na la distribución siguiente:\r\n\r\nPlan Nacional de Obras Municipales          N$ 320:000.000\r\nPrograma Nacional de Interconexión Vial     N$ 350:000.000\r\n (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/617-1985/3\" >3</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/617-1985/3" 
 ,"textoArticulo" : "     Habilítanse en el Inciso 24 \"Diversos créditos\" las asignaciones\r\npresupuestales mencionadas en los artículos 1 y 2 precedentes.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/617-1985/4" 
 ,"textoArticulo" : "     Las partidas financiadas con cargo a FIMTOP y Endeudamiento Externo\r\nserán administradas por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/617-1985/5" 
 ,"textoArticulo" : "     El Ministerio de Transporte y Obras Públicas deberá informar\r\ntrimestralmente a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto sobre el avance\r\nen la ejecución de las obras incluídas en el Programa Nacional de\r\nInterconexión Vial y en el Plan Nacional de Obras Municipales.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/617-1985/6" 
 ,"textoArticulo" : "     Dése cuenta a la Asamblea General.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "7" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 7" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/617-1985/7" 
 ,"textoArticulo" : "     Comuníquese, publíquese, etc\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - RICARDO ZERBINO CAVAJANI - JORGE SANGUINETTI\r\n " 
 }