APROBACION DE PRORROGA DE VIGENCIA DEL CUERPO NORMATIVO TARIFARIO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE PUERTOS. MARZO 1985




Promulgación: 31/12/1984
Publicación: 21/05/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 1539
Referencias a toda la norma
Visto: la solicitud de la Administración Nacional de Puertos para
prorrogar la vigencia del actual Cuerpo Normativo Tarifario, aprobado
por decreto 67/983, de 3 de marzo de 1983.

Resultando: I) Que el decreto 52/984 de 5 de enero de 1984 prorrogó el
plazo inicial de vigencia del Cuerpo Tarifario hasta el 31 de diciembre
de 1984 estableciendo asimismo que antes del 30 de setiembre de 1984 el
Organismo debería presentar un proyecto tarifario que respondiera a los
costos de prestación de sus servicios;

II) Que la Administración Nacional de Puertos expresa que al vencimiento
de los Plazos establecidos porel decreto 52/994 no habrá culminado la
elaboración de una estructura tarifaría en los términos establecidos;

III) Que manifiesta haber comenzado en este ejercicio la implementación
de un sistema de información que le pennitiría cumplir las directrices
impartidas por el decreto 736/978, de 26 de diciembre de 1978.

Considerando: que ante los motivos expuestos se hace necesario prorrogar
la vigencia del actual Cuerpo Normativo Tarifario, debiendo no obstante
elevar la Administración Nacional de Puertos a consideación de la
Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión antes del 30 de
setiembre de 1985 el proyecto tarifario que responda a los costos de sus
servicios,

El Presidente de la República

                                DECRETA:

Artículo 1

   Prorrógase hasta el 15 de marzo de 1985 la vigencia del Cuerpo
Normativo Tarifario de la Administración Nacional de Puertos aprobado por
decreto 67/983, de 3 de marzo de 1983.

Artículo 2

   Antes del 3O de setiembre de 1985 el organismo deberá elevar a
consideración de la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión un
proyecto de sus servicios.
Referencias al artículo

Artículo 3

   Comuníquese, publíquese, etc

ALVAREZ - FRANCISCO D. TOURREILLES - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS
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