Las asignaciones de las partidas del Grupo 0 - en lo referente a Prima por Productividad e Incentivos por Retiros - y al Grupo 2 "Servicios no personales", -en lo referente a impuestos nacionales y municipales, no tendrán carácter limitativo, por lo que el Directorio del Organismo podrá adecuar sus montos de acuerdo a las erogaciones efectivamente realizadas, dando cuenta a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas.