{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "613" 
  ,"anioNorma" : 1979 
  ,"nombreNorma" : "FIJACION DE UR, CRA. OCTUBRE 1979. NOVIEMBRE 1979" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1979/11/06/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "31/10/1979" 
  ,"fechaPublicacion" : "06/11/1979" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1979 
  ,"pagina" : 1028 
  } 
  ,"vistos" : "   Visto: el sistema de actualización de los precios de los arrendamientos\r\nprevistos por la ley 14.219, de 4 de julio de 1974.\r\n\r\n  Resultando que el artículo 15 de la citada ley comete al Poder Ejecutivo\r\nla fijación mensual del valor de la Unidad Reajustable con la finalidad de\r\ndeterminar los incrementos a considerar en cada ajuste de alquiler.\r\n\r\n  Atento: a lo informado por el Banco Hipotecario del Uruguay sobre la\r\nvariación del Indice Medio de Salarios elaborados por la Dirección General\r\nde Estadística y Censos y la Asesoría Económica - Financiera del\r\nMinisterio de Economía y Finanzas,\r\n\r\n  El Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA: " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/613-1979/1" 
 ,"textoArticulo" : "   Fíjase el valor de la Unidad Reajustable correspondiente al mes de\r\noctubre de 1979, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por la ley\r\n14.219, de 4 de julio de 1974 y modificativas en N$ 54.74 (cincuenta y\r\ncuatro nuevos pesos con 74/100).\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/613-1979/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/613-1979/2" 
 ,"textoArticulo" : "   De acuerdo al valor precedentemente establecido y de conformidad con lo\r\ndispuesto por el artículo 15 de la ley 14.219 citada, la determinación de\r\nlos alquileres que se actualizan en el mes de noviembre de 1979, se\r\nefectuará multiplicando el último alquiler por el índice 1.5063.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/613-1979/2?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/613-1979/3" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "   MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI " 
 }