{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "612" 
  ,"anioNorma" : 1966 
  ,"nombreNorma" : "INDUSTRIA AZUCARERA. FIJACION DE PRECIOS. DECLARACION DE EXISTENCIAS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1967/01/09/8" 
    ,"fechaPromulgacion" : "14/12/1966" 
  ,"fechaPublicacion" : "09/01/1967" 
  , "vistos" : " Fíjanse precios para la comercialización del azúcar blanco para el consumo\r\ndirecto y dispónese la obligación de realizar la declaración jurada de existencias de los propietarios de más de doscientos kilogramos de todo \r\ntipo de azúcar y determínanse los precios para la remolacha azucarera y \r\ncaña de azúcar.\r\n " 
  ,"referenciasNorma" : " <b><font color=\"#0000FF\">Modificada y/o Anotada (referencias acotadas):</font></b> Decreto <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/195-1967\" >Nº 195/967</a> de \r\n16/03/1967.\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
   ,"secArticulo" : "" 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "10" 
   ,"secArticulo" : "" 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "12" 
   ,"secArticulo" : "" 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "  " 
 }