Pase por su orden a la Unidad de Presupuesto Nacional y a la Contaduría General de la Nación. Comuníquese, publíquese y archívese.-
(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 113/016 de 25/04/2016 artículo 2. TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 61/016 de 01/03/2016 artículo 2.