FIJACION DEL INDICE CONEAT. OCTUBRE 1980. SETIEMBRE 1981




Promulgación: 17/02/1982
Publicación: 26/02/1982
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1982
  •    Página: 492
   Visto: el informe producido por la Comisión Nacional de Estudio
Agroeconómico de la Tierra, de acuerdo con lo dispuesto por el decreto
19/980, de 9 de enero de 1980.

   Resultando: I) Por el aludido decreto se cometió a la Comisión
Nacional de Estudio Agroeconómico de la Tierra, el estudio del costo de la
producción media por hectárea pecuaria que se integrará con los rubros de
Deducción Preceptiva de acuerdo con los lineamientos establecidos en el
artículo 7º del decreto 662/979, de 19 de noviembre de 1979;

II) Con fecha 3 de noviembre de 1981, la mencionada Comisión Nacional
elevó, a consideración de los Ministerios de Agricultura y Pesca y de
Economía y Finanzas, el estudio del costo de producción por hectárea media
pecuaria, para el ejercicio fiscal 1980/81.

   Considerando: corresponde, por tanto, fijar el costo de la producción
media por hectárea pecuaria.

   Atento: a lo preceptuado por el artículo 11 de la ley 14.948, de 7 de
noviembre de 1979,

                     El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

   Fíjase, para el ejercicio fiscal 1º de octubre de 1980 - 30 de
setiembre de 1981, en la suma de N$ 302,98 (son nuevos pesos trescientos
dos con noventa y ocho centésimos), por hectárea, el costo de la
producción media referida a los rubros de Deducción Preceptiva.

Artículo 2

   Dése cuenta a la Comisión Permanente del Consejo de Estado.

Artículo 3

   Comuníquese, etc.

ALVAREZ - CARLOS MATTOS MOGLIA - VALENTIN ARISMENDI
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