Fíjanse en N$ 107.00 (nuevos pesos ciento siete) el mínimo y N$ 8.600
(nuevos pesos ocho mil seiscientos) el máximo de las multas que se
apliquen por incumplimiento a la legislación minera, manteniéndose en
vigencia la sanción prevista para el caso de reincidencia o de no pago en
plazo.