Visto: el Reglamento Orgánico y Funcional de la Junta Nacional de la
Leche.
Resultando: I) La Junta Nacional de la Leche, de auerdo con lo
dispuesto por el artículo 14 del decreto-ley 15.640 de 4 de octubre de
1984, formuló su Reglamento Orgánico Funcional;
II) Se oyó a la Dirección de Asesoramiento Legal del Ministerio de
Ganadería, Agricultura y Pesca la que, desde el punto de vista jurídico,
no formuló observaciones al proyecto de reglamento en cuestión.
Considerando: conveniente, de acuerdo con lo expuesto, prestar
aprobación al Reglamento Orgánico y Funcional estructurado por la Junta
Nacional de la Leche.
Atento: a lo preceptuado por el artículo 14 del decreto ley 15.640, de
fecha 4 de octubre de 1984.
El Presidente de la República
DECRETA