CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 1. COMERCIO




Promulgación: 18/12/1990
Publicación: 18/02/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 3

  Dispónese que en los siguientes ajustes serán libremente trasladables todos los porcentajes acordados en el Convenio anexo, de acuerdo a la incidencia de los salarios en la estructura de costos de cada empresa.

Ayuda