FIJACION DE PRECIOS POR KILOGRAMO DE CARNE VACUNA PARA EXPORTACION




Promulgación: 16/09/1976
Publicación: 23/09/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1976
  •    Página: 873

Artículo 3

El Banco de la República Oriental del Uruguay, a los efectos de lo
dispuesto en el decreto 402/971, de 30 de junio de 1971, sus concordantes
y modificativos, liquidará a los productores los precios fijados en el
artículo 1º del presente decreto.
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