COMERCIO EXTERIOR. EXONERACION DE DERECHOS ADUANEROS




Promulgación: 08/10/1968
Publicación: 11/10/1968

Resumen:

Prorrógase hasta el 31 de marzo de 1969, la exoneración de derechos aduaneros y adicionales, así como todo otro tributo a la importación o aplicado en ocasión de la misma de azúcar crudo y/o en bruto destinadas a 
la refinación, yerba mate canchada, café en grano, arpillera, máquinas 
para obras viales, medicamentos y materias primas para su elaboración.
Fe de erratas publicada/s: 25/10/1968.
Modificada y/o Anotada (referencias acotadas): Decreto Nº 154/969 de 
27/03/1969.

Artículo 3


		
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