APROBACION DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE INSTRUCCION DE LA ARMADA




Promulgación: 05/12/2008
Publicación: 18/12/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 2835
VISTO: la gestión del Comando General de la Armada solicitando la
aprobación del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Centro de
Instrucción de la Armada.

RESULTANDO: I) que por el Decreto 110/985 de 12 de marzo de 1985, se
aprobó el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Centro de
Instrucción de la Armada, sustitutivo del Reglamento de Organización y
Funcionamiento del Centro de Adiestramiento de la Fuerza de Mar, aprobado
por el Decreto 67/979 de 7 de febrero de 1979 y sus modificativos.

II) que por el Decreto 99/007 de 20 de marzo de 2007, se aprobó el
Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Dirección General de
Personal Naval, de la cual depende el Centro de Instrucción mencionado.

CONSIDERANDO: I) la pertinencia de adecuar las normas reglamentarias a las
necesidades actuales, en mérito a lo preceptuado por el artículo 11 de la
Ley 10.808 (Orgánica de la Armada) de 16 de octubre de 1946, en la
redacción dada por el artículo 87 de la Ley 16.320 de 1ro. de noviembre de
1992.

II) que la aplicación de la reglamentación propuesta no generará costos al
Estado.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo establecido en la Ley 9.943
del 20 de julio de 1940, Decretos 93/005 de 25 de febrero de 2005 y 99/007
de 20 de marzo de 2007 y a lo informado por las Asesorías Letradas del
Comando General de la Armada y del Ministerio de Defensa Nacional.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase el Reglamento de Organización y Funcionamiento
del Centro de Instrucción de la Armada, el que figura en los Anexos
adjuntos 1 y 2, los cuales se consideran parte integrante del presente
Decreto. (*)

(*)Notas:
Ver: Texto.

Artículo 2

   Derógase el Decreto 110/985 de 12 de marzo de 1985.

Artículo 3

   Comuníquese, publíquese y pase al Comando General de la Armada, a sus
efectos. Cumplido, archívese.

TABARE VAZQUEZ - JOSE BAYARDI
Ayuda