FIJACION DEL SALARIO MINIMO DEL ESQUILADOR EN SISTEMA TALLY-HI




Promulgación: 26/10/1977
Publicación: 09/11/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1977
  •    Página: 911

Artículo 3

   El Secretariado Uruguayo de la Lana organizará y mantendrá, junto con la Universidad del Trabajo del Uruguay, una Escuela de Capacitación de
Esquila, así como un Servicio de Inspección de la Esquila Tally-Hi, para
verificar la correcta aplicación del sistema.
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